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Diferencias entre teletrabajo y trabajo remoto

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Perú es uno de los pocos países en todo el mundo que ha regulado, desde hace años, el trabajo fuera del lugar habitual de trabajo. Es por ello que, debido a la pandemia, conviene conocer cuales son exactamente las diferencias entre teletrabajo y trabajo remoto. Porque parecen lo mismo, sin embargo no lo son.

Todas las leyes aprobadas durante esta pandemia son de emergencia y, por tanto, no están hechas con el mimo que requieren. A razón de esto, existen una serie de matices entre estos 2 conceptos que deberían importar mucho a las compañías. Hablamos de diferencias sutiles que pueden decantar la balanza por tomar la vía del trabajo en remoto o, en su defecto, el teletrabajo. De hecho, en el caso de los accidentes laborales, la legislación es muy poco clara.

Pero primero que todo, veamos en qué se diferencian teletrabajo y trabajo en remoto.

Teletrabajo

  • Puede ser realizado en cualquier lugar que permita el correcto desarrollo de las actividades profesionales.
  • Puede llevarse a cabo de forma parcial o total. Por ejemplo; 2 días en las oficinas, 3 teletrabajando.
  • Requiere acuerdo de las dos partes (empleado y empleador).
  • Formalizado mediante el mismo contrato de trabajo o adenda.
  • Las condiciones laborales se determinan en el contrato, así como su duración.
  • Puede ser revertido si; El teletrabajador lo solicita y es concedido o bien, si el empleador acredita que no se alcanzan los objetivos mediante esta modalidad de trabajo.
  • Si los equipos de trabajo son aportados por la empresa, el trabajador es responsable de su correcto uso y conservación.
  • Si los equipos de trabajo y gastos de comunicación son aportados por el trabajador, el empleador debe aportar la totalidad de los gastos.
  • El empleador debe proporcionar al trabajador recomendaciones en materia de seguridad y salud en el ambiente de trabajo.
  • De duración determinada acordada por ambas partes.

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Trabajo remoto

  • Debe ser realizado en el domicilio habitual o lugar de residencia en el que esté a salvo durante el estado de emergencia.
  • No requiere acuerdo mutuo. Es decisión del empleador.
  • Formalización mediante la comunicación escrita o vía telemática (mail, etc) al trabajador.
  • Las condiciones laborales están determinadas en el comunicado.
  • El empleador debe hacer constar la duración del trabajo en remoto, los medios para su correcto desarrollo y recomendaciones de seguridad y salud en el ambiente de trabajo.
  • Aunque la duración debe constar en el comunicado, el trabajo en remoto solo puede ser aplicado durante el estado de emergencia sanitaria.
  • Es responsabilidad del empleador asignar las labores al trabajador, así como la implementación de mecanismos de supervisión y reporte durante su jornada.
  • El empleador no puede alegar incumplimiento de tareas si no ha comunicado explícitamente las labores asignadas al empleado.
  • Los equipos informáticos, análogos y telecomunicaciones pueden ser proporcionados por el empleador o el trabajador.
  • En caso de que los equipos sean proporcionados por el trabajador y surjan gastos derivados de su uso, pueden acordar una compensación. Sin embargo, la empresa no está obligada.
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A tener en cuenta

En el caso de los accidentes laborales no existe una legislación clara. Sin embargo, se insta a continuar utilizando Essalud o la consiguiente EPS como si de un accidente laboral se tratara. También se aconseja utilizar la EPS antes de acudir a  Essalud para tratar de descongestionar el sistema de salud.

En el caso del teletrabajo, se insta al empleador a aportar recomendaciones generales en el ámbito de la ergonomía, la iluminación, el lugar de trabajo y las consecuencias a largo plazo de un incorrecto uso del lugar de trabajo. De la misma forma, se insta a recordar al empleado las recomendaciones de seguridad (propiedad intelectual, data, etc) según la adenda firmada.

Infographic: Diferencias entre teletrabajo y trabajo remoto en Perú

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Ahora que ya conoces todas las diferencias legales entre el trabajo en remoto y el teletrabajo en Perú, ya puedes tomar una decisión contrastada al respecto.

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2 respuestas a “Diferencias entre teletrabajo y trabajo remoto”

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